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Artículo 5 de la Ley 15.632

Eleva de categoria juzgados de quilpue, villarrica y carahue.- modifica código orgánico de tribunales, y procedimiento civil estatuto administrativo ley colegio de abogados y otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28231 / 9107138.

Texto oficial

ARTICULO 5.o- Créanse tres plazas de Asistentes Sociales para el Segundo Juzgado de Letras de Menores de Santiago, y auméntase en una las plazas existentes en cada uno de los restantes Juzgados de Letras de Menores de Santiago y en dos las del Juzgado de Valparaíso, asignándose a estos cargos las remuneraciones correspondientes a la 8a. categoría de la escala del sueldos del personal superior del Poder Judicial.