Texto oficial
ARTICULO 4.o- Introdúcense las siguientes
modificaciones a la ley número 14.908, de 5 de Octubre de
1962, que fijó el texto definitivo de la ley N.o 5.750,
sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias,
con las modificaciones establecidas por la ley N.o 14.550:
A) En el artículo 10.o, agrégase, a continuación de
la palabra "suma" la expresión "o porcentaje".
B) En el artículo 15.o, al final del inciso primero,
agrégase, a continuación de la palabra "Civil",
reemplazando el punto aparte por una coma, la siguiente
frase: "pudiendo el Juez en este caso ampliar el arresto
hasta por 30 días y en el caso de nuevo apremio, le
impondrá un arresto que será precisamente de 30 días.";
y, derógase el inciso segundo.