Texto oficial
Artículo 4° Se entenderá por estudios completos de Agronomía, de Ingeniería Forestal y de Medicina Veterinaria los que comprenden los conocimientos correspondientes a los planes de estudio que rijan para las respectivas Escuelas de la Universidad Austral que hayan sido previamente aprobados por la Universidad de Chile.
Para ello, la Universidad Austral presentará los respectivos planes de estudio a la Universidad de Chile, la que deberá pronunciarse dentro del plazo de noventa días contados desde la fecha de su presentación. Si transcurrido este plazo la Universidad de Chile no se hubiere pronunciado, los planes de estudios presentados por la Universidad Austral se entenderán aprobados".