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Artículo QUINTO de Auto Acordado 11

Auto acordado nº 11/2008 sobre reserva o confidencialidad de la información en los procesos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 282395 / 7381258.

Texto oficial

Quinto. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral Tercero precedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 del decreto ley Nº 211, en relación con los artículos 246 y 247 del Código Penal, la Fiscalía Nacional Económica tendrá acceso en el despacho del Tribunal a los antecedentes declarados reservados o confidenciales, tenga o no la calidad de parte en la causa en que se hayan acompañado. El Tribunal podrá, excepcionalmente, conceder a la Fiscalía Nacional Económica copia de documentos declarados reservados;