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Artículo 3 de la Ley 15.654

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 180.000 con el fin de atender a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28245 / 8282370.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines: 1. Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para pavimentación en la comuna E° 50.000 2. Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la extensión de la red de agua potable 30.000 3. Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la extensión del alcantarillado 40.000 4. Adquisición de maquinarias y camiones 40.000 5. Plano Regulador 5.000 6. Adquisición de terrenos para cementerio 5.000 7. Adquisición de terrenos para plaza 10.000 ________ E° 180.000