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Artículo 5 de la Ley 15.668

Reajusta las pensiones de retiro y montepio de los imponentes de la caja de prevision de la defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28248 / 8830913.

Texto oficial

Artículo 5° Las personas que tengan derecho a pensión o montepío como descendientes de los Veteranos del 79, pueden ejercitar sus derechos sin que corra o haya corrido en contra de ellas prescripción de ninguna especie. Sólo estarán sujetas a prescripción las pensiones devengadas.