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Artículo 2 transitorio de la Ley 15.676

Dispone que el presidente de la república establecera un plan nacional de edificios escolares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28252 / 8830945.

Texto oficial

Artículo 2.o.- Traspásase al Ministerio de Educación Pública el edificio y terreno del ex Hospital de Traiguén, perteneciente al Servicio Nacional de Salud y el Pabellón N.o 3 de la ciudad de Parral, en el que funciona la Escuela N.o 7, perteneciente a la Corporación de la Vivienda.