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Artículo 1 de la Ley 15.692

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente a la municipalidad de los sauces el terreno que indica, ubicado en la comuna del mismo nombre, con el fin de que esta construya habitaciones para el personal municipal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28260 / 5976454.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Los Sauces, el predio denominado El Fortín, ubicado en la comuna de Los Sauces del departamento de Angol, provincia de Malleco, de una superficie de cinco mil metros cuadrados (5.000m2.) y que se encuentra comprendido dentro de los siguientes deslindes: Norte, sitio Obispado de Temuco en 100 metros; Este, propiedad de Augusto Smitmans en 50 metros; Sur, propiedad de Augusto Smitmans en 100 metros, y Oeste, Avenida Lumaco en 50 metros. Estos terrenos se encuentran inscritos a nombre del Fisco, a fojas 476, número 708 del Registro de Propiedad del año 1952 del Conservador de Bienes Raíces de Angol. La Municipalidad de Los Sauces deberá construir, dentro del predio que se le transfiere, habitaciones para el personal municipal.