Texto oficial
Artículo 28.- Reconócese a los funcionarios de planta
y a contrata que se hayan desempeñado durante el año 2008
en los Gobiernos Regionales de Arica y Parinacota y de Los
Ríos, que no hubieren percibido la asignación de
modernización correspondiente a dicho año y que se
encuentren en servicio a diciembre de 2008, el derecho al
pago de la referida asignación, en una sola cuota en el
señalado mes, en los porcentajes y en iguales condiciones a
las señaladas en el inciso segundo del artículo 38 de la
ley Nº 20.233. No obstante, el personal que dejó de
prestar servicios antes de dicha data, tendrá derecho a
percibir la asignación en proporción a los meses completos
efectivamente trabajados.
Para determinar las imposiciones e impuestos a que se
encuentra afecta la asignación de modernización se estará
a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1º de la
ley Nº19.553.