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Artículo 4 de la Ley 15.703 · Establece normas en relacion con pesticidas

Establece normas en relacion con pesticidas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28267 / 7176209.

Texto oficial

Artículo 4° Todo pesticida deberá venderse con una etiqueta adherida al envase, la que deberá contener las indicaciones que establezca el reglamento. El decreto reglamentario deberá llevar las firmas de los Ministros de Agricultura y de Salud Pública.