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Artículo 7 de la Ley 15.703 · Establece normas en relacion con pesticidas

Establece normas en relacion con pesticidas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28267 / 7176212.

Texto oficial

Artículo 7° Las empresas que se dediquen a efectuar la aplicación de pesticidas deberán inscribirse en el Registro especial que, para este efecto, llevará el Departamento de Defensa Agrícola, de la Dirección de Agricultura y Pesca. Las empresas aéreas deberán contar, además, con la autorización general correspondiente, otorgada por la Junta de Aeronáutica Civil.