Texto oficial
Artículo 3° El plan de inversiones deberá ser aprobado por la Gerencia General de la Corporación de Fomento, luego de haber sido sancionado por los dos tercios de los regidores en ejercicio.
En caso de producirse discrepancias entre la Municipalidad y la Gerencia General, aquélla podrá insistir por la unanimidad de los regidores en ejercicio en la ejecución de su plan y éste deberá realizarse.