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Artículo 7 de la Ley 15.720

Crea una corporacion autonoma con personalidad juridica y derecho publico y domicilio en santiago, denominada junta nacional de auxilio escolar y becas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28281 · idParte: 9104090

Texto oficial

Artículo 7° Los actos y contratos que celebren la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, las Juntas Provinciales y las Juntas Locales estarán exentos de todo derecho, impuesto o contribución en la parte que les afecte, como asimismo y en las mismas condiciones, no les serán aplicables las tasas e impuestos de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado. Los inmuebles de propiedad de las Juntas quedarán liberados del pago de toda contribución o impuesto territorial.