Texto oficial
Artículo 8° Las adquisiciones que la Junta Nacional de
Auxilio Escolar y Becas efectúe en el extranjero o en el
territorio del país para el cumplimiento de las finalidades
de la presente ley, quedarán afectas a lo dispuesto en el
artículo 165° de la ley 13.305, de 6 de abril de 1959.