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Artículo 12 de la Ley 15.720

Crea una corporacion autonoma con personalidad juridica y derecho publico y domicilio en santiago, denominada junta nacional de auxilio escolar y becas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28281 · idParte: 9104096

Texto oficial

Artículo 12° El Secretario General será de dedicación exclusiva y cumplirá sus funciones con arreglo al Reglamento General y a las normas e instrucciones que imparta la Junta Nacional. Asistirá a las sesiones de la Junta Nacional actuando en calidad de Ministro de Fe y será el Jefe Superior del personal técnico y administrativo de la Corporación.