Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio de la Ley 15.720

Crea una corporacion autonoma con personalidad juridica y derecho publico y domicilio en santiago, denominada junta nacional de auxilio escolar y becas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28281 / 9104127.

Texto oficial

Artículos transitorios (ARTS. 1-4) Artículo 1° Desde la fecha de vigencia de esta ley, quedarán derogadas las disposiciones relativas a las Juntas de Auxilio Escolar contenidas en el decreto con fuerza de ley 191, de 27 de julio de 1953. No obstante, mientras se aprueba el Reglamento General de esta ley y se constituyen las Juntas Nacional, Provinciales y Locales de acuerdo con lo que la presente ley dispone, las Juntas actualmente en funciones continuarán desempeñando sus labores conforme a las normas legales y reglamentarias del decreto con fuerza de ley 191.