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Artículo 11 de la Ley 20.305

Mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 282824 / 8676611.

Texto oficial

Artículo 11.- Las personas que perciban maliciosamente el bono que otorga esta ley, deberán devolver la totalidad del beneficio percibido, expresado en unidades de fomento, más el interés corriente para operaciones reajustables, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderles según la legislación vigente.