Saltar al contenido

Artículo CUARTO transitorio de la Ley 20.305

Mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 282824 / 8676619.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Al personal que, siendo beneficiario de la bonificación por retiro voluntario establecida en el Título II de la ley Nº 19.882, le resulte aplicable lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la presente ley, no se le aplicará lo establecido en el artículo noveno de la ley Nº 19.882, siempre que cumpla con lo señalado en ese artículo transitorio y postule al bono dentro del plazo que en él se contempla.