Texto oficial
Artículo 10° Sustitúyese en el inciso 3° del artículo 27° de la ley 11.704, sobre Rentas Municipales, la frase que dice: "en la proporción que determine el Presidente de la República, al mejoramiento, extensión y mantenimiento de los mismos servicios y a nuevas obras de adelanto comunal", por la siguiente, suprimiendo la coma que la precede: "al mejoramiento, extensión y mantención de los mismos servicios, a nuevas obras de adelanto comunal y otros gastos administrativos".