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Artículo 7 de la Ley 20.309 · Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 283039 · idParte: 7381827

Texto oficial

Artículo 7°.- Las inscripciones, subinscripciones y anotaciones existentes a nombre o con relación al servicio público Casa de Moneda de Chile, respecto de inmuebles, vehículos, marcas comerciales y otros bienes objeto de inscripción en algún registro, se entenderán vigentes, para todos los efectos y de pleno derecho, a nombre de la sociedad anónima que se autoriza constituir, debiendo los respectivos Conservadores o encargados de tales registros, proceder a practicar las nuevas inscripciones, subinscripciones y anotaciones a nombre de Casa de Moneda de Chile S.A., con la sola solicitud que al respecto le presente el Gerente General de esta sociedad.