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Artículo 1 de la Ley 15.841 · Destina fondos para diversas obras publicas en la provincia de o'higgins

Destina fondos para diversas obras publicas en la provincia de o'higgins

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28305 / 5976835.

Texto oficial

"Artículo 1° El Ministerio de Obras Públicas girará, con cargo a los recursos que el artículo 33° de la ley 11.828, de 5 de mayo de 1955, destina a obras públicas en la provincia de O'Higgins, los fondos necesarios para construir preferentemente el Liceo de Santa Cruz, creado por decreto 11.608, de 1963, y ejecutar, además, las siguientes obras públicas: a) Construcción de un Paso Superior o Inferior en la Avenida Manuel Rodríguez con el cruce de la red del ferrocarril sur en la ciudad de San Fernando, y b) Dotación de agua potable a las poblaciones ubicadas en la provincia de Colchagua, dando preferencia a la ciudad de Pichilemu.