Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 15.841 · Destina fondos para diversas obras publicas en la provincia de o'higgins

Destina fondos para diversas obras publicas en la provincia de o'higgins

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28305 / 5976836.

Texto oficial

Artículo 2° Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar los terrenos que se requieran para la realización de la obra que se indica en la letra a) del artículo 1°. Las expropiaciones se someterán al procedimiento establecido en la ley 12.513, de 5 de octubre de 1957".