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Artículo 1 de la Ley 15.985

Autoriza a la municipalidad de la serena para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 2.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28319 / 8282581.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de La Serena para contratar con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones nacionales o extranjeras de crédito y fomento uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de dos millones de escudos (E° 2.000.000) a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.