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Artículo 11 de la Ley 15.985

Autoriza a la municipalidad de la serena para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 2.000.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28319 · idParte: 8282591

Texto oficial

Artículo 11°.- Facúltase al Presidente de la República para ceder gratuitamente a sus actuales ocupantes, las casas de emergencias construídas por el Supremo Gobierno, a consecuencia del aluvión de 1957, en la provincia de Coquimbo, entre ellas, las Poblaciones Santa Lucía de La Serena, Santa Cecilia y Estrella de Chile de Coquimbo, y población ubicada al costado del Cementerio en Illapel.