Texto oficial
Artículo 4.o-Introdúcense las siguientes modificaciones en la Planta Permanente de Empleados Civiles, contenida en el artículo 2.o, letra D), del D.F.L. N.o 98, de 1960, ya citado:
1) Reemplázanse los cargos del Escalafón de
Matronas, establecidos en el N.o 2.- "Profesionales B",
por los siguientes:
1 Matrona, Va. Categoría
3 Matronas, VIa. Categoría
3 Matronas, VII Categoría
6 Matronas, 1.o Grado
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13 Total
2) Reemplázanse los cargos del Escalafón de
Enfermeras Universitarias, establecidos en el N.o 2
"Profesionales B", por los siguientes:
1 Enfermeras, Va. Categoría
3 Enfermeras, VIa, Categoría
3 Enfermeras, VIIa. Categoría.
4 Enfermeras, 1.o Grado.
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11 Total
3) Reemplázase en el N.o 6 "Personal que no forma Escalafón" -Administrativo- una plaza de Dietista, por los siguientes cargos:
1 Dietista, VIIa. Categoría
1 Dietista, 1.o Grado.
-
2 Total.