Texto oficial
Artículo 9.o- Declárase que los servicios prestados en las Empresas del Estado están comprendidas en el artículo 19.o, inciso segundo, del D. F. L. N.o 209, de 1953, dentro de la denominaci1on de servicios fiscales.
Modifica los d.f.l. n.os 98 y 129, de 1960, y las leyes 14.816 y 15.675
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28325 / 7176542.