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Artículo 3 transitorio de la Ley 16.046 · Modifica los d.f.l. n.os 98 y 129, de 1960, y las leyes 14.816 y 15.675

Modifica los d.f.l. n.os 98 y 129, de 1960, y las leyes 14.816 y 15.675

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28325 / 7176551.

Texto oficial

Artículo 3.o-El tiempo servido en calidad de Comandante del Cuerpo de Veteranos de Chile es computable para el goce de quinquenios, en conformidad a lo dispuesto en la ley N.o 12.428, de 19 de Enero de 1957."