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Artículo 14 de la Ley 16.068 · Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28329 · idParte: 7176567

Texto oficial

Artículo 14.- Las bonificaciones que durante el año 1960 se pagaron con cargo al ítem 06/01/13 de la ley N° 13.911, se continuarán pagando sin necesidad de decreto supremo, de acuerdo con las normas establecidas en los respectivos decretos que las concedieron en dicho año, salvo aquellas que por ley han pasado a formar parte del sueldo.