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Artículo 13 de la Ley 16.068 · Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28329 · idParte: 7176566

Texto oficial

Artículo 13.- Los ítem 24 y 109, "Derechos de Aduana Fiscales" y las cantidades consultadas para derechos de aduana en los aportes alas Instituciones funcionalmente descentralizadas serán excedibles y se podrán emitir giros a la orden de la Tesorería Provincial correspondiente, a fin de atender al pago de los derechos, impuestos y gravámenes que afecten a las mercaderías importadas, sin que para ello sea necesaria la dictación de decret supremo. Las cantidades consultadas para derechos de aduana no podrán ser disminuidas mediante traspasos.