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Artículo 86 de la Ley 16.068 · Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28329 / 7176638.

Texto oficial

Artículo 86.- Los fondos que leyes generales o especiales destinen al Ministerio de Educación Pública para la compra o expropiaciones de predios, adquisiciones, construcciones, ampliaciones y reparaciones de establecimientos de educación fiscal, serán exceptuados de la destinación establecida en el artículo 1° transitorio de la ley N° 15.676 y podrán utilizarse sin la intervención del Ministerio de Obras Públicas.