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Artículo 88 de la Ley 16.068 · Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Aprueba el presupuesto de la nacion para el año 1965

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28329 / 7176640.

Texto oficial

Artículo 88.- Concédese al personal de la Dirección de Vialidad, dependiente de la Dirección General de Obras Públicas, que desempeñó trabajos de noche en los turnos de 21 a 24 horas y de 0 a 7 horas o trabajos en días Domingo y en días de feriado legal, en las plazas de peaje de Angostura y Zapata desde el 9 de Diciembre de 1963 y el 15 de Febrero de 1964, respectivamente, hasta el 20 de Agosto de 1964, fecha de dictación del decreto N° 2.119, del Ministerio de Obras Públicas, el derecho a impetrar los beneficios que establece el artículo 79 del DFL. N° 338, de 1960, quedando facultada la Dirección General de Obras Públicas para hacer los pagos a que se refiere el inciso final de dicho artículo, en los casos que éstos fueren procedentes, con cargo a su ítem de Cuentas Pendientes.