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Artículo 3 de la Ley 16.104 · Autoriza otorgar el prestamo que indica a los empleados y obreros municipales

Autoriza otorgar el prestamo que indica a los empleados y obreros municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28336 / 5977078.

Texto oficial

Artículo 3°.- Autorízase a las Municipalidades para modificar sus presupuestos vigentes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley."