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Artículo 3 de la Ley 16.125 · Autoriza a la municipalidad de melipilla para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de melipilla para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28339 / 8282611.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Melipilla a los siguientes fines: a) Construcción de un Matadero Regio- nal _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 45.000 b) Aporte a la Dirección de Pavimenta- ción Urbana para pavimentación en la comuna _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 20.000 c) Terminación de la construcción y transformación del Teatro Municipal 20.000 d) Adquisición de un bien raíz para un local cerrado para prácticas deportivas _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 5.000 e) Mejoramiento del Estadio Municipal 10.000 E° 100.000