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Artículo 5 de la Ley 16.244 · Autoriza a la municipalidad de curanilahue para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de curanilahue para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28349 / 8282624.

Texto oficial

Artículo 5°.- Los fondos consultados en la letra a) del artículo 3° de la presente ley, se pondrán a disposición de la Dirección de Pavimentación Urbana para la ejecución de las obras de pavimentación de las calzadas, de acuerdo con el plan aprobado por la Corporación Edilicia.