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Artículo 6 de la Ley 16.244 · Autoriza a la municipalidad de curanilahue para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de curanilahue para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28349 / 8282625.

Texto oficial

Artículo 6°.- Para atender el servicio del o los empréstitos autorizados por la presente ley, establécese una contribución adicional de un seis por mil anual sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Curanilahue, que regirá desde el semestre siguiente a la vigencia de la presente ley. Derógase el artículo 4° de la ley N° 12.129, de 4 de Octubre de 1956.