Texto oficial
Artículo 10°.- La Tesorería Provincial de Arauco llevará una cuenta especial del movimiento de los fondos autorizados por la presente ley y estarán sujetos al cumplimiento de las disposiciones que rigen la materia.
Autoriza a la municipalidad de curanilahue para contratar el prestamo que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28349 / 8282629.