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Artículo 10 de la Ley 16.245 · Autoriza a la municipalidad de ranquil para contratar el prestamo que indica

Autoriza a la municipalidad de ranquil para contratar el prestamo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28350 / 8282643.

Texto oficial

Artículo 10°.- Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Ránquil para expropiar, con el fin de destinarlo a campos de deportes, el terreno ubicado en la población "El Centro", de esa comuna, perteneciente a la Sucesión de don José M. Bahamondes, que mide ciento veinte metros de largo por ocehenta metros de ancho, más o menos, y que deslinda: al Norte, con el de Juan Iturra; al Sur, con camino público de Ñipas a la población "El Centro"; al Oriente, con camino vecinal, y al Poniente, con la Escuela Pública N° 2 y con el de Arístides Lavanderos.