Saltar al contenido

Artículo 11 de la Ley 16.245 · Autoriza a la municipalidad de ranquil para contratar el prestamo que indica

Autoriza a la municipalidad de ranquil para contratar el prestamo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28350 / 8282644.

Texto oficial

Artículo 11°.- La expropiación será pagada por la Municipalidad de Ránquil con cargo a sus recursos ordinarios y se sujetará al procedimiento establecido en el título XV del libro IV del Código de Procedimiento Civil.