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Artículo 61 de la Ley 16.250

Reajusta sueldos y salarios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28353 / 8945050.

Texto oficial

Artículo 61°.- Se declaran válidamente efectuados los pagos por concepto de horas extraordinarias en beneficio de los funcionarios de diversas reparticiones estatales que se han desempeñado en la Secretaría y Administración General del Ministerio del Interior.