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Artículo 19 de la Ley 16.253 · Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28355 · idParte: 8916502

Texto oficial

Artículo 19°- El mayor valor que obtengan los bancos de fomento en la enajenación de acciones, debentures y otros valores mobiliarios, estará exento del impuesto de Primera Categoría.