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Artículo 20 de la Ley 16.253 · Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Autoriza el establecimiento de bancos de fomento

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28355 · idParte: 8916503

Texto oficial

Artículo 20°- Agrégase en el número 7 del artículo 7° de la Ley sobre Impuestos a la Internación, Producción y Cifra de Negocios, después de un punto seguido, la siguiente frase: "De igual exención gozarán los bancos de fomento, la que se aplicará, también, respecto de las cantidades que perciban por concepto de reajuste de los créditos que otorguen".