Texto oficial
Artículo 2°.- Con cargo a los recursos indicados en el artículo 33° de la ley N° 11.828, de 1955, correspondientes a la provincia de O'Higgins, el Departamento de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas cerrará, techará y dotará de servicios higiénicos, a la cancha de básquetbol que en Rancagua posee la Asociación de ese deporte.