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Artículo 2 de la Ley 16.255 · Modifica la ley numero 11.828, de 1955

Modifica la ley numero 11.828, de 1955

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28356 / 5977163.

Texto oficial

Artículo 2°.- Con cargo a los recursos indicados en el artículo 33° de la ley N° 11.828, de 1955, correspondientes a la provincia de O'Higgins, el Departamento de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas cerrará, techará y dotará de servicios higiénicos, a la cancha de básquetbol que en Rancagua posee la Asociación de ese deporte.