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Artículo 33 de la Ley 16.272 · Ley de timbres, estampillas y papel sellado

Ley de timbres, estampillas y papel sellado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28368 / 8146825.

Texto oficial

Artículo 33.o- Las cooperativas de cualquiera clase conservarán las exenciones y franquicias que les conceden actualmente las leyes.