Texto oficial
Artículo transitorio.- La tasa del N.o 8 del artículo 1.o será de 6 % hasta que comience a regir la nueva tasación de los bienes raíces ordenada por la ley N.o 15.021, de 16 de Noviembre de 1962."
Ley de timbres, estampillas y papel sellado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28368 / 8146833.