Texto oficial
Artículo 1°.- El valor bruto de las entradas al Casino e Hipódromo de la ciudad de Arica se recargará en un veinte por ciento (20%). Este recargo estará exento de todo impuesto.
Las personas que gocen de liberación de entradas al Casino y al Hipódromo de Arica deberán pagar este recargo, el que se calculará para estos efectos sobre el monto de la entrada de más alto valor.
Este recargo no afectará a las personas que trabajen en ambas Instituciones.