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Artículo 5 de la Ley 16.316

Recarga en un veinte por ciento el valor bruto de las entradas al casino e hipodromo de la ciudad de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28390 / 5977275.

Texto oficial

Artículo 5°.- Facúltase a la Junta de Adelanto de Arica para donar al Ministerio del Interior los catres, somieres, almohadas, sábanas, fundas, veladores, colchones y frazadas que adquirió para el Mundial de Foot-ball en el año 1962, con el fin de otorgar estas especies a las personas damnificadas por los últimos temporales.