Texto oficial
ART. 12º Para los efectos de la aplicación del Decreto Ley y del presente Reglamento, los conceptos que se indican tendrán el siguiente significado:
1) Acuartelado: Persona dada de alta en una Unidad de las Fuerzas Armadas.
2) Alta en Unidad Base de Movilización: Reservista controlado en una Unidad Base de Movilización.
3) Adscrito: Reservista licenciado del Servicio Militar o retirado de la Planta desde una Unidad Base de Movilización y que debe ser controlado en el Centro de Reservistas de alguna de ellas.
4) Aplazado: Persona autorizada para diferir el cumplimiento del Servicio Militar por una afección física o psíquica temporal.
5) Asignado: Reservista que se encontraba excedente de una Unidad Base de Movilización y que es nombrado en otra Unidad Base de Movilización, conforme requerimientos de esta última.
6) Base de Conscripción: Es el conjunto de personas que están sujetas a la obligación de cumplir el servicio militar obligatorio.
7) Base de Voluntarios: Chilenos de hasta 24 años que manifestaron su voluntad en la Oficina Cantonal para cumplir el servicio militar sólo en la conscripción ordinaria.
8) Base Sorteo General: Chilenos integrantes de la Base de Conscripción con exclusión de quienes integran la Base de Voluntarios.
9) Cantón de Reclutamiento: Parte del territorio nacional sobre la cual ejerce jurisdicción una Oficina Cantonal.
10) Cantón Móvil: Oficina Cantonal auxiliar dotada de medios motorizados en apoyo de la zona jurisdiccional de la Inspectoría de Zona correspondiente a su sede.
11) Cantón Consular: Oficina Cantonal donde se desempeña uno o más Oficiales de Reclutamiento, para atender diligencias relacionadas con el deber militar de personas de nacionalidad chilena residentes en el extranjero, cuando les sean solicitadas a través del Consulado respectivo, dependiente de una Embajada o representante de nuestro país en el exterior.
12) Clase: Chilenos nacidos en el mismo año calendario.
13) Centro de Reservista: Organismo dependiente de una Unidad Base Movilización que permite el agrupamiento de sus reservistas, su instrucción y entrenamiento, para dar cumplimiento a la misión de movilización.
14) Citado: Persona de la Base de Conscripción obligada a concurrir a reconocer cuartel por el Director General, o de la reserva obligada a concurrir a las sesiones de instrucción, en virtud de las facultades conferidas al Jefe o Comandante de la Unidad a la cual se encuentra adscrito.
15) Comisión Especial de Acreditación: Organismo encargado de conocer y resolver las reclamaciones de exclusiones del Servicio Militar Obligatorio a que se refiere el artículo 42 del Decreto Ley.
16) Comisión Nacional de Reclutamiento: Organismo encargado de supervisar y controlar el cumplimiento y selección por parte de los Organismos, comisiones e Instituciones que tienen responsabilidades en el proceso de selección de contingente.
17) Convocatoria: Decreto Supremo que dispone el llamado a reconocer cuartel a personas de la Base de Conscripción.
18) Convocado: Persona de la Base de Conscripción llamada a reconocer cuartel en virtud de un Decreto Supremo de convocatoria.
19) Contingente: Conjunto de personas de una o más clases que tienen una situación militar común.
20) Comisión de Selección de Soldados Conscriptos para las Fuerzas Armadas: Comisión de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, encargada de evaluar la aptitud para realizar el servicio militar de las personas convocadas en calidad de voluntarias y, de los varones seleccionados por el sorteo general cuyas reclamaciones fueren rechazadas por la Comisión Especial de Acreditación respectiva o que hayan optado por la modalidad alternativa del Servicio Militar Obligatorio, en forma inmediata o mediante la participación en el Curso Especial de Instrucción Militar o que no presentaren reclamaciones.
21) Curso Especial de Instrucción Militar: Es una forma de cumplir con el servicio militar obligatorio dispuesta por el Presidente de la República a requerimiento de alguna Institución de las Fuerzas Armadas, para aquellas personas sorteadas y que se encontraren cursando el último año de enseñanza media o estudios tendientes a la obtención de un título profesional o técnico de nivel superior en establecimientos de educación superior del Estado o reconocidos por éste.
22) Cursos Especial de Reservistas: Curso de carácter militar profesional para la formación de Oficiales de Reserva o Técnico Especialista para la formación de Suboficiales de Reserva.
23) Deber Militar: Conjunto de obligaciones
establecidas en el Decreto Ley destinadas al cumplimiento del servicio militar obligatorio, la participación en la reserva o en la movilización, entre los 18 y 45 años de edad.
24) Disponible: Persona de la Base de Conscripción no sorteada para cumplir el servicio militar obligatorio, o que habiendo sido sorteado y llamado a reconocer cuartel, declarado apto y no acuartelado, queda en situación de participar por segunda y última vez en un nuevo sorteo.
25) Disponible por Prestación de Servicios: Persona en condiciones de ser acuartelada en la modalidad Prestación de Servicios y que no fue convocada o no existen las vacantes para cumplir el servicio militar cuando le correspondía.
26) Disponible por Conscripción Ordinaria al término de estudios superiores: Persona en condiciones de ser acuartelada en la modalidad de conscripción ordinaria y que no fue convocada o no existían las vacantes para cumplir el servicio militar cuando le correspondía.
27) Disponible por Curso Especial de Instrucción Militar: Persona en condiciones de ser acuartelada en la modalidad de Curso Especial de Instrucción Militar y que no fue convocada o no existían las vacantes para cumplir el servicio militar cuando le correspondía.
28) Excedente: Reservista que se encuentra controlado en una Unidad Base de Movilización y que excede las necesidades de la Lista de Dotación de Guerra de esa Unidad.
29) Exclusión: Eliminación del servicio militar por las causales establecidas en el artículo 42 del Decreto Ley.
30) Exención: Eximición temporal del deber militar en razón de un cargo o por otras situaciones contempladas en el Decreto Ley.
31) Infractor: Persona llamada a reconocer cuartel en virtud de un Decreto de Convocatoria, que no se presenta en el lugar y fecha dispuestos.
32) Instrucción Premilitar: Conjunto de conocimientos proporcionados por personal militar calificado, en servicio activo o en retiro, a jóvenes que aún no están en edad de cumplir el deber militar, en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado.
33) Lista de llamados: Relación nominal de personas que deben presentarse a reconocer cuartel.
34) Lista de Dotación de Guerra: Listado en el cual figura el personal que será movilizado por las diferentes Unidades.
35) Llamado de Reservista al Servicio Activo:
Obligación impuesta a persona perteneciente a la Reserva Militar o de las Fuerzas Armadas, con instrucción o sin ella, de participar en actividades de la reserva o en la movilización, mediante Decreto Supremo o por citación del Comandante de la Unidad Base de Movilización de su adscripción.
36) Notificación: Es el acto mediante el cual la autoridad competente informa a una o más personas, que debe cumplir un trámite o diligencia determinada o que ha dictado una resolución que les afecta. Estas notificaciones podrán efectuarse personalmente, por carta certificada, avisos o publicaciones, comunicaciones por medios electrónicos y en las demás formas que lo disponga la Ley o el Reglamento.
37) Oficina Cantonal: Recinto donde se desempeña uno o más Oficiales de Reclutamiento para atender a las personas en sus diligencias relacionadas con el deber militar.
38) Oficina de Reclutamiento Electrónica: Oficina dotada de herramientas de informática, donde se desempeña uno o más Oficiales de Reclutamiento, para atender a las personas en sus diligencias relacionadas con el deber militar, utilizando para ello medios de comunicación electrónicos.
39) Oficial de Reclutamiento: Funcionario debidamente autorizado para cumplir diligencias concernientes al deber militar.
40) Prestación de Servicios: Es una de las formas de cumplir con el Servicio Militar Obligatorio, bajo la modalidad alternativa, en que se convoca a personas que poseen profesiones, ocupaciones, oficios o conocimientos de interés para las Fuerzas Armadas.
41) Reconocer Cuartel: Acto de presentación ante la respectiva Comisión de Selección de Soldados Conscriptos para las Fuerzas Armadas, en conformidad a un llamado para someterse al proceso de selección.
42) Registro Militar: Base de datos que considera al total de personas inscritas en los registros de reclutamiento.
43) Remiso: Persona seleccionada para dar inicio al servicio militar, que no se presenta en el lugar y fecha dispuesta.
44) Reserva: Es el conjunto de personas, con instrucción militar o sin ella, integrantes del potencial humano del país, que no se encuentran comprendidas en la Base de Conscripción ni en servicio activo.
45) Reserva Militar o de las Fuerzas Armadas: Conjunto de personas mayores de 18 y hasta los 45 años de edad, sin distinción de sexo, con instrucción militar o sin ella, que estén en condiciones de ser movilizadas por las Fuerzas Armadas, y que no se encuentren comprendidas en la Base de Conscripción ni en servicio activo.
46) Reserva Nacional: Conjunto de personas, sin distinción de sexo, que se encuentran en condiciones síquicas, físicas y morales de ser movilizadas o de cumplir otras funciones en beneficio del país.
47) Reservista: Persona de la reserva de las Fuerzas Armadas con o sin instrucción militar.
48) Servicio Activo: Condición en que se encuentran las personas que han sido convocadas y están cumpliendo, de cualquier forma el deber militar.
49) Servicio Militar Obligatorio: Forma de cumplir el deber militar, que impone a los chilenos llamados a recibir instrucción militar en las Fuerzas Armadas por un período determinado, en virtud de un Decreto Supremo de convocatoria.
50) Sorteado: Persona que debe presentarse a reconocer cuartel en virtud de haber sido nominado mediante sorteo público.
51) Sorteo Público: Mecanismo mediante el cual se selecciona a personas de la Base de Conscripción para cumplir con su servicio militar.
52) Unidad Base de Movilización: Es toda Unidad u organismo que tiene por misión preparar, organizar y movilizar reservistas para completar sus dotaciones de guerra.
53) Valer Militar: Conjunto de condiciones,
conocimientos y cualidades militares, físicas y morales, que permiten a una persona pasar a la reserva con instrucción.
54) Voluntario: Persona sin distinción de sexo que manifiesta el deseo de realizar su servicio militar, en la conscripción ordinaria, en la forma y condiciones señalados en la ley y este Reglamento.