Saltar al contenido

Artículo 11 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417218.

Texto oficial

ART. 11º Los chilenos que se encuentran radicados en el extranjero deberán realizar todas las diligencias relacionadas con las obligaciones y prerrogativas que les impone o concede el Decreto Ley, a través de los Consulados Chilenos, que para estos efectos tendrán el carácter de Oficinas Cantonales auxiliares. Los chilenos en la situación anterior, en el año que cumplan 17 años de edad, podrán concurrir al Consulado para actualizar sus antecedentes personales y registrar su domicilio.