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Artículo 44 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417268.

Texto oficial

ART. 44º Anualmente la Dirección General integrará al Registro Militar a todas las personas naturales de nacionalidad chilena, que cumplan 18 años de edad en el transcurso del mismo año. Este proceso se denomina inscripción automática.