Texto oficial
ART. 58º La permanencia en la Base de Conscripción termina por las siguientes causas:
* Haber sido acuartelado para cumplir el servicio militar, salvo lo dispuesto en el artículo 41° del Decreto Ley 2.306.
* Haber pasado a la reserva con instrucción militar o sin ella.
* En el caso de las personas de la categoría disponibles, una vez transcurrido el plazo de un año o por haber cumplido las exigencias del artículo 64º de este Reglamento.
* Por fallecimiento.